Residencia sin trabajo — D.1
Se busca « residencia pasiva ». Oficialmente es el D.1.
Fuente: página D.1 en Govern.ad . Renovación: D.2. El articulo 96 de la Llei 2/2026 reviso la inversion y el ingreso AFA. La página D.1 en linea puede ir detras del BOPA . Si discrepan, rige la ley.
D.1.2 — profesionales con proyeccion internacional
Sede o base de la actividad en Andorra. Como máximo una persona con contrato laboral. Al menos el 85 % de los servicios usados fuera de Andorra. Cupo fijado por reglamento. 90 días. Viabilidad de la actividad y cualificacion.
D.1.3 — interes cientifico, cultural o deportivo
Reconocimiento internacional del talento. El mismo cupo y 90 días. Al menos el 85 % de los servicios fuera de Andorra. Un curriculum evaluable e ingresos de esa actividad en el año anterior a la autorización.
D.1.4 — centros geriatricos o medicos privados
Residencia en un centro geriatrico, medico o terapeutico privado al menos 90 días al ano, sin ejercer alli actividad laboral o profesional.
A 29 de agosto de 2026 las rubricas no muestran un D.1.1. El expediente clasico sin actividad lucrativa sigue siendo el del articulo 96.
Autorización inicial de dos años; primera renovación dos años; segunda tres años; después diez, salvo nacionales de Estados con convenio. Confirme el ciclo en el texto vivo.
Inversion: al menos 1.000.000 de euros; más de 800.000 euros por unidad si se usa inmueble; vía Fons d'Habitatge a 400.000 euros « de acuerdo con la normativa aplicable »; ingreso AFA 50.000 + 12.000 por dependiente, definitivo salvo denegacion inicial. Tarifas de tarjeta ahora 3.000 / 1.000 / 500.
Ingresos: más del 300 % del salario mínimo anual para el titular, más el 100 % de ese indicador por cada dependiente. La página da la formula: salario base x 12 x 3. Aqui no lo convertimos a euros.
Noventa días en una página de inmigración no son ciento ochenta y tres días en la ley del IRPF.
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