El D.3 autoriza a residir durante la vigencia de la autorización. Puede pedirla un recién llegado cuyo trabajo no exija un lugar geografico fijo y use las telecomúnicaciones; que entre en el cupo entonces fijado por reglamento; y que establezca residencia principal y efectiva al menos 90 días por año civil.

Inicial dos años; primera renovación dos años; segunda tres; después diez, salvo nacionales con convenio.

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